Servicios funerarios
Qué se paga tras un fallecimiento
Además del funeral, hay quince trámites que hacer en seis meses. Casi todos son gratuitos, y dos de ellos son prestaciones que se cobran, no gastos que se pagan.
Coste de los trámites administrativos posteriores a un fallecimiento, sin contar el servicio funerario ni el Impuesto de Sucesiones. La mayoría son gratuitos.
La mayoría de los trámites que siguen a un fallecimiento son gratuitos. El coste administrativo total ronda los 60 €. Lo importante aquí no es el dinero: son los plazos.
Calendario de trámites#
| Plazo | Trámite | Dónde | Coste |
|---|---|---|---|
| Inmediato | Certificado médico de defunción | Médico o forense | 0-60 € |
| 24-72 h | Inscripción en el Registro Civil | Registro Civil (lo hace la funeraria) | Gratuito |
| 24-72 h | Licencia de enterramiento | Registro Civil | Gratuito |
| Desde 24 h | Certificado literal de defunción | Registro Civil o sede electrónica | Gratuito |
| 15 días hábiles | Certificado de últimas voluntades | Ministerio de Justicia (modelo 790) | 4,15 € |
| 15 días hábiles | Certificado de seguros de cobertura de fallecimiento | Ministerio de Justicia (modelo 790) | 4,15 € |
| Tras el anterior | Copia autorizada del testamento | Notaría | 30-90 € |
| 30 días | Baja en la Seguridad Social | INSS / TGSS | Gratuito |
| 30 días | Solicitud de pensión de viudedad y orfandad | INSS | Se cobra |
| 6 meses | Auxilio por defunción | INSS | Se cobra |
| Sin plazo estricto | Comunicación a bancos y aseguradoras | Entidades | Gratuito |
| Sin plazo estricto | Cambio de titularidad de suministros | Compañías | 0-40 € |
| 6 meses | Impuesto de Sucesiones | Hacienda autonómica | Según herencia |
| 6 meses | Plusvalía municipal (si hay inmuebles) | Ayuntamiento | Según inmueble |
| Sin plazo estricto | Escritura de aceptación de herencia | Notaría | 600-1.800 € |
| Sin plazo estricto | Baja del vehículo o transferencia | DGT | 57,20 € |
Prestaciones que se cobran#
| Prestación | Importe | Requisitos |
|---|---|---|
| Auxilio por defunción | Unos 46 € | Cotización previa del fallecido |
| Pensión de viudedad | 52-70 % de la base reguladora | Matrimonio o pareja de hecho registrada con requisitos |
| Pensión de orfandad | 20 % de la base reguladora por hijo | Menores de 21 años (25 si estudian o con discapacidad) |
| Prestación en favor de familiares | 20 % de la base reguladora | Requisitos de convivencia y dependencia |
| Indemnización a tanto alzado (accidente laboral) | 6 mensualidades (viudedad), 1 (orfandad) | Fallecimiento por accidente de trabajo |
| Seguros de vida | Según póliza | Beneficiario designado |
| Planes de pensiones | Según plan | Beneficiario designado |
Las pensiones hay que solicitarlas: no se conceden de oficio. Si se piden dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento, tienen efectos retroactivos desde el día siguiente al fallecimiento; después, solo tres meses de retroactividad.
Comprobaciones que casi nadie hace#
- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento: revela si el fallecido tenía seguros de vida, accidentes o decesos contratados y con qué compañía. Cuesta 4,15 € y descubre pólizas olvidadas con frecuencia.
- Consulta de posiciones bancarias: los bancos deben informar a los herederos de los saldos a fecha de fallecimiento, aportando certificado de defunción, últimas voluntades y acreditación de la condición de heredero.
- Plan de pensiones y planes de empleo: tienen beneficiario designado y no forman parte de la herencia.
- Revisión de la Seguridad Social: comprobar si hay cantidades pendientes de abono.
- Fondo de garantía de depósitos y acciones no reclamadas: en fallecimientos antiguos.
Qué hacer con las cuentas y suministros#
| Elemento | Qué ocurre |
|---|---|
| Cuenta bancaria individual | Se bloquea al comunicar el fallecimiento; se libera al acreditar la herencia |
| Cuenta conjunta | El cotitular puede seguir operando, pero el saldo del fallecido forma parte de la herencia |
| Domiciliaciones | Siguen cargándose hasta que se cambien |
| Suministros | Cambio de titularidad gratuito en luz y gas |
| Seguros | Comunicar el fallecimiento y decidir continuidad |
| Alquiler | Existe derecho de subrogación para determinados familiares convivientes |
| Teléfono e internet | Baja o cambio de titular sin penalización acreditando el fallecimiento |
Documentos que hay que reunir#
- Certificado literal de defunción (varias copias: gratuitas).
- Certificado de últimas voluntades.
- Certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.
- Copia autorizada del testamento o acta de declaración de herederos.
- DNI del fallecido y de los herederos.
- Escrituras de inmuebles y notas simples actualizadas.
- Certificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento.
- Último recibo de IBI de cada inmueble.
- Documentación del vehículo, si lo hay.
- Facturas del funeral (reducen la base del Impuesto de Sucesiones).
Preguntas frecuentes#
¿Es obligatorio aceptar la herencia?
No. Puedes aceptarla pura y simplemente, aceptarla a beneficio de inventario (respondiendo de las deudas solo hasta donde alcance la herencia) o renunciar. Si sospechas que hay deudas, la aceptación a beneficio de inventario es la opción prudente: cuesta 400-1.200 € más, pero protege tu patrimonio personal.
¿Puedo sacar dinero de la cuenta del fallecido para pagar el funeral?
Los bancos suelen permitir el pago directo de los gastos de sepelio con cargo a la cuenta del fallecido, presentando la factura de la funeraria a nombre del difunto. No entregan efectivo, sino que abonan directamente a la funeraria. Es una práctica habitual: pregunta en la entidad antes de adelantar el dinero tú.
¿Cuánto tarda todo el proceso de una herencia?
De 3 a 8 meses en una herencia sencilla con testamento y acuerdo entre herederos. Sin testamento, súmale 4-8 semanas por la declaración de herederos. Con conflicto entre herederos o bienes en varias comunidades, puede irse a años.
¿Qué pasa si un heredero no aparece o no colabora?
La aceptación y partición de herencia requiere la concurrencia de todos los herederos. Si uno no colabora, existe el procedimiento judicial de división de herencia y, previamente, la interpelación notarial para que acepte o repudie en un plazo de 30 días naturales. Es lento y caro: siempre conviene agotar el acuerdo antes.
Conclusión#
Los trámites tras un fallecimiento cuestan unos 60 € en total y casi todos son gratuitos. Lo que hay que vigilar son dos fechas: los seis meses del Impuesto de Sucesiones y los tres meses para solicitar la pensión de viudedad con efectos retroactivos completos.
Continúa con cuánto cuesta una herencia.
Redacción de CosteReal
CosteReal es un proyecto editorial independiente dedicado a documentar cuánto cuestan las cosas en España. Recopilamos y ordenamos precios a partir de tarifas públicas, normativa vigente y precios de mercado, y los publicamos en horquillas con la fecha de actualización siempre visible.
Sigue por aquí
Del mismo bloque de funerarios
Cuánto cuesta un entierro en España en 2026
Un servicio funerario completo cuesta entre 2.800 y 7.500 € en 2026. Desglose de féretro, tanatorio, coche fúnebre, nicho y trámites, con tus derechos como usuario.
Precio de una incineración en 2026
Una incineración completa cuesta entre 1.900 y 4.500 € en 2026. Desglose del servicio, precio de la urna y el columbario, plazos y qué se puede hacer con las cenizas.